Panamá tiene muchas vías o caminos para obtener una Visa de Residente, algunas de las más comunes o las más usadas son las siguientes:
- Visa de Inversionista Calificado [detalles..]
- Visa de jubilado y pensionado [detalles..]
- Visa de Ciudadano de País Amigo [detalles..]
- Visa de inversionista Forestal {$ 100,000} [detalles..]
- Inversionista de Macro Empresa [detalles..]
- Solvencia Económica por apertura de Plazo Fijo {$300,000} [detalles..]
- Rentista Retirado [detalles..]
- Por razones laborales {10%} [detalles..]
- Por profesión y homologación [detalles..]
A continuación, detallamos el tiempo y requisitos de cada una de estas visas, con la aspiración que le permita evaluar la que más le conviene.
Es importante destacar que cada una de las Residencias le permite incluir a sus dependientes.
Cada uno de los permisos de Residencias cumplen con unos requisitos esenciales y son los siguientes:
REQUISITOS GENERALES:
- Poder y Solicitud mediante abogado.
- Copia completa del pasaporte debidamente cotejado por notario público panameño.
- Copia de su cédula de ciudadanía.
- Certificado de antecedentes penales (apostillado).
- Certificado de salud expedido por un profesional idóneo.
- Declaración jurada de antecedentes personales. (Formularios del Servicio Nacional de Migración).
- Ocho (8) fotos tamaño carné.
REQUISITOS GENERALES CON DEPENDIENTES:
- Carta de responsabilidad y Repatriación.
- Constancia de parentesco (certificado de nacimiento o matrimonio).
- Prueba de domicilio en Panamá del responsable (solicitante principal).
- Hijos mayores de 18 años hasta 25 años: Certificado de soltería y Certificación de estudios.
1. RESIDENTE PERMANENTE EN CALIDAD DE INVERSIONISTA CALIFICADO (VIA EXPRESS) $300,000
Esta es la más recomendable, ya que se obtiene en 30 días con el requisito de realizar una Inversión Inmobiliaria por US $300,000, y que se certifique que los fondos provienen del extranjero.
La Residencia es para toda la vida. Las solicitudes bajo esta categoría migratoria podrán ser presentados a través de Apoderado Especial, y si se le dificulta viajar a Panamá, podemos tramitarle la visa para Usted y sus dependientes. Una vez le hayan aprobado su Permiso de Residencia Permanente será necesario que venga a Panamá, para el proceso de filiación o registro hábiles en el Registro de Extranjería del Servicio Nacional de Migración y la entrega de su Carné de Residencia Definitiva. Posteriormente se les gestiona su Carné de Residente Permanente, emitido por el Tribunal Electoral de Panamá.
REQUISITOS ESPECÍFICOS:
- Carta de certificación bancaria dirigida al SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIÓN por la cual se certifica que los fondos provienen del extranjero.
- Cheque al Tesoro Nacional por US$. 5,000, en concepto de derechos por la solicitud del Trámite Migratorio. (US$. 1,000 por cada dependiente).
- Cheque al Servicio Nacional de Migración por US$. 5,000, en concepto de depósito de repatriación. (US$. 1,000 por cada dependiente).
- Certificación emitida por la Dirección Nacional para la Promoción de las Inversiones. (nosotros obtenemos este requisito).
Si tiene la intención de solicitar una residencia permanente en calidad de inversionista calificado. Contáctenos.
2. VISA DE JUBILADO Y PENSIONADO
Podrá solicitar este permiso el extranjero que reciba una jubilación o pensión por parte de gobierno extranjero, organismo internacional o empresa privada.
La renta o pensión mensual no podrá ser inferior a US. $1,000 como mínimo, y ella se haya concedido en forma vitalicia.
REQUISITOS ESPECÍFICOS:
- Carta de certificación de su condición de jubilado o pensionado, confirmando que recibe una pensión no inferior a US $.1,000. Dólares mensuales o su equivalente en moneda extranjera y establecer que es de carácter vitalicio. (Apostillado). (Generalmente son de COLPENSIONES pero puede ser de otro organismo o entidad)
- Si se trata de una pensión o jubilación de una empresa privada, deberá aportarse lo siguiente:
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- Carta de una empresa extranjera de administración de pensiones, de fideicomiso, de fondos mutuos, de seguros o de banca, que certifique que administra fondos para la empresa o el solicitante;
- Certificación de existencia y vigencia de la empresa, que otorga la pensión y administra el fondo;
- Copia de comprobante de pago o estado de cuenta del banco.
Si tiene la intención de solicitar una residencia mediante Visa de Jubilado y Pensionado en Panamá. Contáctenos.
3. VISA DE CIUDADANO DE PAÍS AMIGO
Podrá solicitar este permiso el extranjero que tenga nacionalidad de alguno de los 50 países específicos que mantienen relaciones amistosas, profesionales, económicas y de inversión con Panamá; a estos países se les denomina “Países Amigos”. Algunos de ellos son: Alemania, Andorra, Argentina, Australia, Austria, Bélgica, Brasil, Canadá, Chile, Costa Rica, Croacia, Chipre, Dinamarca, EE.UU., Eslovaquia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Gran Bretaña, Grecia, Holanda, Hong Kong, Hungría, Irlanda, Israel, Japón, Lituania, Liechtenstein, Luxemburgo, Malta, México, Montenegro, Mónaco, Noruega, Nueva Zelanda, Paraguay, Polonia, Portugal, República de Corea, República Checa, San Marino, Serbia, Singapur, Sudáfrica, Suiza, Suecia, Uruguay, Perú y la República de Latvia.
Este permiso se concede en 2 etapas: Una primera etapa que otorga Residencia Provisional de 2 años y luego de los 2 años, podrá solicitar la Residencia Permanente.
REQUISITOS ESPECÍFICOS:
- Cheque por la suma de US $. 250.00 a favor del Tesoro Nacional en concepto de derechos por la solicitud de una categoría migratoria. (Por cada uno de los solicitantes)
- Cheque certificado o de gerencia por la suma de US $. 800.00 a favor del Servicio Nacional de Migración en concepto de depósito de repatriación. (Por cada uno de los solicitantes).
- Documentación que demuestre la finalidad de requerir su Residencia Permanente según la actividad económica o profesional a realizar: Laboral, o Inversión inmobiliaria por $200,000 y/o por Depósito a plazo fijo por $200,000 en un banco local.
Si tiene la intención de solicitar una visa de ciudadano de país amigo en Panamá. Contáctenos.
4. PERMISO DE RESIDENTE PERMANENTE POR INVERSIÓN FORESTAL ($100,000)
Lo podrá solicitar el extranjero que invierta a título personal o a través de una persona jurídica, un monto mínimo de US $.100,000.00 en actividades de reforestación o plantación forestal u otros autorizados por el Ministerio de Ambiente. Este permiso se concede en 2 etapas: Una primera etapa que otorga Residencia Provisional de dos (2) años y luego de los dos años podrá solicitar la Residencia Permanente.
REQUISITOS ESPECÍFICOS:
- Cheque por la suma de (US $. 250.00) a favor del Tesoro Nacional en concepto de derechos por la solicitud de una categoría migratoria. (Por cada uno de los solicitantes)
- Cheque certificado o de gerencia por la suma de (US $. 800.00) a favor del Servicio Nacional de Migración en concepto de depósito de repatriación. (Por cada uno de los solicitantes).
- En caso de personas jurídicas, debe presentar declaración jurada del secretario o tesorero de la empresa (no puede ser rendida por el propio interesado), donde se acredite las actividades, la titularidad de las acciones nominativas emitidas a favor del extranjero solicitante debidamente liberadas y pagadas y el monto capital social.
- Certificación del contador público autorizado (CPA) en la cual se detalle la suma total invertida de manera directa en la actividad de reforestación y que el capital es del inversionista. (El contador deberá adjuntar copia de la cédula y del carné de idoneidad profesional).
- Copia de la resolución expedida por el Ministerio de Ambiente, del registro forestal de la persona natural o jurídica.
- Certificado de existencia de la empresa, emitido por el Registro Público de Panamá, en donde consten las actividades de la misma.
- Certificado de propiedad emitido por el Registro Público de Panamá.
Prueba de la inversión realizada en forma directa en actividades de reforestación, por un mínimo de US. $100,000.00, lo cual deberá demostrarse con la presentación de certificación bancaria de la transferencia de los fondos a la empresa reforestadora o de su pago.
Si tiene la intención de solicitar un permiso de residente permanente por inversión forestal. Contáctenos.
5. INVERSIONISTA DE MACRO EMPRESA
Este tipo de residencia lo podrá solicitar el extranjero que desee invertir en una empresa, cuyo capital social mínimo sea de US $.160,000.00 por solicitante, siendo estos accionistas y dignatarios de la misma empresa. Este permiso se concede por 2 años, y luego de transcurrido este periodo el solicitante podrá optar por solicitar la residencia permanente. Para incluir dependientes deberá adicionar la inversión de US $.2,000.00 por cada dependiente, la cual puede justificarse por referencia bancaria local.
REQUISITOS ESPECÍFICOS:
- Cheque por la suma de US $. 250.00 a favor del Tesoro Nacional en concepto de derechos por la solicitud de una categoría migratoria. (Por cada uno de los solicitantes).
- Cheque certificado o de gerencia por la suma de US $. 800.00 a favor del Servicio Nacional de Migración en concepto de depósito de repatriación. (Por cada uno de los solicitantes).
- Certificado de Persona Jurídica original expedido por el Registro Público, que acredite la razón social de la empresa; la condición del solicitante de director o dignatario en la empresa, del representante legal o apoderado (si lo tuviera); el capital social de la empresa (que debe ser mínimo de US $.160,000.00); tipo de acciones (deben ser nominativas) y la distribución del capital social.
- Certificación del Secretario o Tesorero de la empresa, donde se acredite la titularidad de las acciones emitidas a favor del extranjero solicitante y que las mismas se encuentran debidamente liberadas y pagadas (las acciones deben ser por un valor mínimo de US $.160,000.00). La certificación debe ser firmada ante notario y no debe ser suscrita por el propio interesado.
- Copia de las páginas pertinentes del Libro de Acciones de la empresa y de las acciones emitidas a favor del solicitante.
- Certificación del Contador Público Autorizado (CPA) de la empresa, que acredite la titularidad de las acciones del extranjero solicitante y que las mismas se encuentran debidamente liberadas y pagadas (las acciones deben ser por un valor mínimo de (US $.160,000.00 por solicitante) y detalle las actividades de la empresa. (adjuntar copia de su cédula y de la idoneidad)
- Declaración que debe rendir el solicitante ante Notario Público, en la cual indique el monto del capital invertido, la cantidad de acciones que posee y que las mismas se encuentran liberadas y pagadas (por un valor mínimo de US. $160,000.00) así como detallar las actividades económicas que desarrollará la empresa.
- Paz y Salvo Nacional de Rentas de la empresa y del solicitante.
- Copia de la Declaración de Rentas de la empresa, con su paz y salvo (solo en el caso que la empresa hubiese sido constituida y haya operado durante varios meses antes de la fecha en que hay que presentar la declaración jurada de rentas del año fiscal vigente). En la Declaración de Rentas (en la sección patrimonio, línea de acciones) se debe registrar el pago de la totalidad de las acciones del extranjero solicitante (que debe ser mínimo de US $.160,000.00 por solicitante).
- En el caso de tratarse de una empresa de reciente constitución, aportar constancia de Pago de la Tasa Única y del Registro Único del Contribuyente (RUC).
- Copia autenticada por la Caja de Seguro Social de la planilla de la empresa, con un mínimo de 5 empleados panameños, devengando el salario mínimo establecido por ley de acuerdo a la región y rubro. (La misma debe corresponder a uno de los pagos efectuados dentro de los tres meses anteriores al mes de presentación)
- Copia de la planilla 03 presentada al Ministerio de Economía y Finanzas;
- Paz y Salvo de la Caja del Seguro Social vigente a favor de la empresa.
- Prueba de la Inversión. La cual podrá demostrarse mediante la presentación de por lo menos tres de los siguientes documentos, que estén expedidos a nombre de la empresa:
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- Certificación bancaria, de la transferencia de fondos del solicitante provenientes del exterior (obligatorio)
- En caso de que haya adquirido acciones de una sociedad ya constituida, deberá presentar comprobante de pago y el contrato de compraventa.
- Copia del comprobante de depósito por la suma invertida a favor de la empresa, autenticada por el banco.
- Contrato de compra y venta del local donde opera la empresa;
- Estados Financieros auditados.
- Facturas comerciales de los gastos incurridos por el inversionista en la empresa, acompañadas de inventario detallado realizado por el CPA. (adjuntar copia del documento que acredite la idoneidad del CPA).
- Liquidaciones de Aduanas de bienes importados a nombre de la empresa;
- Cualquier otro documento que pueda probar el capital invertido en la empresa.
- Prueba de la existencia y ubicación de la empresa para lo cual debe aportar como mínimo tres pruebas, expedidas a nombre de la empresa (pueden ser cualquiera de los siguientes documentos u otro que pruebe la existencia de la empresa):
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- Contrato de arrendamiento del local comercial en donde opera la sede de la empresa u oficina.
- Última facturación de servicio de energía eléctrica, de teléfonos o de servicio de suministro de agua potable.
- Contrato por servicios de seguridad.
- Comprobante del pago de impuesto del ITBMS al Ministerio de Economía y Finanzas.
- Comprobante de pago de tasas al Municipio.
Si tiene la intención de solicitar una residencia como inversionista de Macro Empresa en Panamá. Contáctenos.
6. PERMISO DE RESIDENTE PERMANENTE, POR RAZONES DE SOLVENCIA ECONÓMICA PROPIA, POR APERTURA DE PLAZO FIJO
Este Permiso de Residencia lo podrá solicitar el extranjero que invierta la suma mínima de US$ 300,000.00 en Inversión en Depósito a Plazo Fijo y que demuestre que los fondos provienen del extranjero. Para incluir dependientes deberá adicionar la inversión de US $.2,000. por cada dependiente, la cual puede justificarse por referencia bancaria local. Este permiso se concederá en 2 etapas: Una primera etapa que otorga Residencia Provisional de 2 años y luego de los 2 años podrá solicitar la Residencia Permanente.
REQUISITOS ESPECÍFICOS:
- Cheque por la suma de US $. 250.00 a favor del Tesoro Nacional en concepto de derechos por la solicitud de una categoría migratoria. (Por cada uno de los solicitantes).
- Cheque certificado o de gerencia por la suma de US $. 800.00 a favor del Servicio Nacional de Migración en concepto de depósito de repatriación. (Por cada uno de los solicitantes).
- Certificación bancaria dirigida a: “SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION”, de que ha aperturado una cuenta de depósito a Plazo Fijo a nombre del solicitante, con una duración mínima de 3 años, (el plazo fijo debe estar libre de todo gravamen) en cualquier banco de licencia general en el territorio nacional, por un valor mínimo de US. $300,000.00, o su equivalente en moneda extranjera; Esta certificación debe estar firmada en original y con sello del banco.
- Copia del certificado a Plazo Fijo autenticada por el banco.
Si tiene la intención de solicitar un permiso de residente permanente, por razones de solvencia económica propia, por apertura de plazo fijo. Contáctenos.
7. RENTISTA RETIRADO
Podrá solicitar este permiso el Extranjero que ingrese al territorio nacional y acredite devengar una renta mensual de US. $850.00, que provenga exclusivamente de intereses producto de depósito a plazo fijo en el Banco Nacional de Panamá o la Caja de Ahorro, y cuyo intereses devengados producto de éste depósito, estén libre de gravamen o garantías de cualquier naturaleza, por un periodo mínimo de 5 años.
Este Permiso se otorgará por un período de 5 años, el cual se podrá Prorrogar por igual término.
REQUISITOS ESPECÍFICOS:
- Certificación Bancaria del Banco Nacional de Panamá o la Caja de Ahorros, que acredite el monto del plazo fijo, el interés que genera, la duración del mismo y que se encuentra libre de gravámenes.
- Copia autenticada por el banco del certificado del plazo fijo.
Si tiene la intención de solicitar un permiso como Rentista Retirado. Contáctenos.
8. POR RAZONES LABORALES (10%)
Residencia Permanente de Personal Extranjero Contratado por Empresa Privada Dentro del 10% del Personal Ordinario: Podrá solicitar el extranjero que sea contratado por una empresa privada en la que devengue un salario de US $850.00 mensuales, y en la que laboren un mínimo de 10 empleados panameños, donde la sumatoria de los salarios de los empleados panameños dé una cifra de US. $8,500. como mínimo.
REQUISITOS ESPECÍFICOS:
- Cheque por la suma de US $. 250.00 a favor del Tesoro Nacional en concepto de derechos por la solicitud de una categoría migratoria. (Por cada uno de los solicitantes).
- Cheque certificado o de gerencia por la suma de US $. 800.00 a favor del Servicio Nacional de Migración en concepto de depósito de repatriación. (Por cada uno de los solicitantes).
- Contrato de Trabajo firmado por el empleado y el empleador, sellado ante el Ministerio De Trabajo y Desarrollo Laboral.
- Carta de Trabajo que deben imprimir en papel membrete de la empresa, firmada por el representante legal de la misma, en que conste cargo y salario.
- Copia del Aviso de Operación, firmado por el Tramitador y el Representante Legal.
- Certificado de Registro Público en donde conste la existencia y la representación legal de la sociedad en original. (Esto lo tramitamos en nuestras oficinas).
- Comprobante de afiliación a la Caja del Seguro Social y copia del carné de la Caja del Seguro Social.
- Paz y salvo nacional de rentas de la empresa.
- Permiso de Trabajo.
Si tiene la intención de solicitar una residencia por Razones Laborales (10%). Contáctenos.
9. POR PROFESIÓN Y HOMOLOGACIÓN
Podrá aplicar a este permiso el extranjero profesional, siempre y cuando dicha profesión no esté limitada por la Constitución de la República de Panamá o por ley a nacionales panameños por nacimiento o por naturalización.
REQUISITOS ESPECÍFICOS:
- Cheque por la suma de US $. 250.00 a favor del Tesoro Nacional en concepto de derechos por la solicitud de una categoría migratoria. (Por cada uno de los solicitantes)
- Cheque certificado o de gerencia por la suma de US $. 800.00 a favor del Servicio Nacional de Migración en concepto de depósito de repatriación. (Por cada uno de los solicitantes).
- Título Universitario Original y copia. (apostillado)
- Resolución de la Secretaria General de la Universidad de Panamá, donde aprueba la equivalencia del mismo. (primer paso)
Como Primer paso que se debe seguir es obtener la Equivalencia del título universitario ante la Universidad de Panamá, este proceso demora alrededor de 5 meses. Luego, se procederá al trámite de Residencia Permanente ante el Servicio Nacional de Migración (SNM).
Si tiene la intención de solicitar una residencia por Profesión y Homologación. Contáctenos.